Leonardo Riquelme
La Corte Internacional de Justicia (CIJ) de La Haya reconoció ayer el Hito 1 como el comienzo de la frontera marítima de Chile y Perú, y validó un trazado de 80 millas náuticas a lo largo del paralelo que pasa por ese punto, a partir del cual generó una línea equidistante entre ambos países. Esa fue la principal conclusión del fallo emitido por esa instancia ante la demanda interpuesta por Perú en 2008.
El fallo se tradujo en que Chile no perdió mar territorial y en que los pescadores chilenos podrán seguir trabajando hasta ahora en la zona más rica en recursos (el 54% de la anchoveta está en las primeras 10 millas y el 84% en las 20).
Pese a ello, los trabajadores de Arica expresaron ayer su preocupación por el efecto que podría tener la decisión, asegurando que ello afectará la extracción que hacen de especies como el tiburón y el bacalao y que los obligaría a pescar más al sur, en zonas como Pisagua. Esto, a pesar de que el Gobierno comentó que la decisión judicial no afectaría el desarrollo de Arica e Iquique y que se desconoce aún cuánto territorio marítimo será ahora de uso exclusivo peruano. En 122 minutos, el presidente del tribunal de La Haya, Peter Tomka, informó que por 10 votos a 6 los jueces decidieron crear una línea equidistante que comenzará a partir de las 80 millas desde la costa, y sigue en dirección suroeste hasta llegar a las 200 millas, que es la zona marítima exclusiva.
Los magistrados afirmaron que para plantear esta "solución equitativa" -como la definieron- revisaron que no provocara ninguna "amputación decisiva" en la territorialidad chilena ni de Perú, aunque asumieron que ella obligaría una "evaluación amplia de la desproporción".
Los jueces concedieron que las "circunstancias" decididas son "poco usuales" y agregaron que la Corte no determinará las coordinadas en que se establecerá este nuevo limite en el mar, añadiendo que no lo hará por su dificultad y "porque no se le pidió" en el libelo.
Tomka agregó que esta tarea será una obligación de chilenos y peruanos, animándolos a que lo hagan bajo un espíritu de "buena vecindad".
Para su resolución, los jueces evaluaron los tratados y protocolos firmados por ambos países a contar de 1929. Tras estimar que los acuerdos de 1947 y 1952 no delimitaron explícitamente la frontera marítima entre ambos país, se detuvieron en el convenio sobre zona especial fronteriza marítima de 1954, el que representa una "frontera a todos los efectos" y no es sólo un acuerdo pesquero, pues los países firmantes (Ecuador, Perú y Chile) lo catalogaron como un acuerdo internacional vinculante. "La frontera marítima a lo largo de un paralelo se extiende al menos hasta aquella distancia, en donde se realizaban actividades" pesqueras, estimó la Corte.
En la práctica, según los jueces, hubo una serie de hitos en las últimas seis décadas que grafican un respeto a determinada línea, particularmente vinculados a asuntos pesqueros.
Es más, recordaron que ninguno de los tres países hizo lo que convinieron en el Protocolo de 1955, donde se abrió la oportunidad de iniciar estudios para convenir límites explícitos en el mar.
Los especialistas recordaron que Lima planteó en su defensa como antecedente que en 1975 y 1976 se inició una negociación entre Chile y Bolivia para ceder mar soberano por el norte de Arica. Las conversaciones incluyeron formalmente al Palacio Pizarro, pero la CIJ le restó valor porque en los intercambios nunca se planteó el área marítima que se proponía ceder.
Los magistrados convinieron en que la situación entre chilenos y peruanos fue distinta en la superficie, donde identificaron una serie de hechos que confirmaron que la frontera territorial y marítima comenzaba a partir del Hito 1. Para ellos, fueron fundamentales los acuerdos de 1968 y 1969 en que se convino la construcción de dos faros delimitantes.
Por ello es que los magistrados votaron 15 contra 1 para desechar la demanda limeña, que requería bajarlo el límite hacia el sur hasta el Punto Concordia (o Hito 266). Ello habría significado una pérdida territorial para Chile.
La CIJ mantuvo los derechos de ambos países sobre las 200 millas marítimas, creadas por el interés en la década del 50 por Santiago, Quito y Lima por defender sus zonas, particularmente de la pesca que hacían grandes potencias como Estados Unidos, la flota panameña del magnate griego Aristóteles Onassis y, en ese entonces, Japón. Los jueces rememoraron distintos episodios de captura de buques que estaban a la caza del atún y de lo que ofrecía la corriente de Humboldt.
Además, repasó la serie de reclamos que se registraron desde la década del 60 por el avistamiento de naves chilenas en mar peruano, lo que los jueces consideraron como un elemento de que Lima reconocía la vigencia de ese punto como la separación entre ambas naciones también en el mar.
En su determinación, los magistrados aludieron al hecho que generó el inicio de la discusión limítrofe. Esto ocurrió en mayo de 1986, cuando el embajador peruano en Chile Juan Miguel Bákula envió un memorándum al canciller chileno Jaime del Valle. En él, le aseguraba que existía una situación pendiente.
Los jueces dijeron que en esa oportunidad Chile lo consideró como un intento de "renegociación" de lo ya existente, aunque en Lima aseguraban que no había un límite definido.
Peter Tomka leyó en el fallo que en su declaración de la época Santiago afirmó que los "estudios se realizarían en su momento". Para la Corte, los términos de dicho memorándum reconocían la existencia de una frontera marítima, pero que, a su parecer, no daba explicación precisa sobre su extensión.
Lima sólo retomó su demanda en el 2000, luego que sus autoridades le hubieran asegurado que con el fin de la ejecución de las exigencias del Tratado de 1929 ya no quedaban asuntos limítrofes pendientes.
A través de un serie de antecedentes, como mapas oficiales del Instituto Geográfico Militar de Chile, documentos de las Fuerzas Armadas de ambas naciones y decisiones gubernamentales, la Corte Internacional insistió que los límites marítimos entre Chile y Perú nunca se fijaron.
Para este caso en particular, la Corte refrendó límite marítimo las 80 millas, que entre Chile y Perú comenzarán a contarse desde el Hito 1, lo que fue decidido por 10 votos contra seis.
La CIJ no fijó fechas para la ejecución de su veredicto, lo que ahora deberá ser discutido por ambos gobiernos.