Un nuevo beneficio contra el Impuesto Global Complementario que grava a las personas naturales, consiste en la posibilidad de postergar el pago de impuesto por los intereses, dividendos y demás rendimientos obtenidos en depósitos a plazo, cuenta de ahorro y cuotas de fondos mutuos hasta el momento en que estos sean retirados.
Este incentivo tributario forma parte de la Reforma Tributaria y se encuentra contenido en el artículo 54 bis de la Ley de la Renta (que derogó a partir del 01 enero 2017 el beneficio establecido en el ex artículo 57 bis). Su objetivo es incentivar el ahorro de los contribuyentes, postergando el pago de impuestos hasta que los intereses, dividendos y demás rendimientos obtenidos sean retirados por los contribuyentes que deseen acogerse a este beneficio. Los que deseen utilizarlo, deben cumplir con los siguientes requisitos: ser personas naturales que tengan domicilio o residencia en Chile; además, los instrumentos de ahorro deben ser emitido por entidades sometidas a fiscalización. Los documentos deben ser extendidos a nombre del contribuyente, quien debe expresar su voluntad de acogerse a este beneficio
Solo pueden acogerse las inversiones efectuadas en el año calendario y hasta un monto máximo de 100 Unidad Tributaria Anual, UTA (es decir hasta 55 millones de pesos aproximadamente.)
El beneficio se mantendrá mientras los instrumentos de ahorros no sean retirados
Sin embargo, las personas pueden optar por renunciar a esta exención de impuesto en cualquier momento, en tal caso deberá incluir en la base del Impuesto Global Complementario todos rendimientos obtenidos a la fecha y tributar con la tasa de impuesto Global Complementario del año correspondiente, u optar por una tasa promedio del periodo en que mantuvo el ahorro.
Según estadísticas del Servicio Nacional de Impuestos Internos, SII, el número de personas que podría solicitar este incentivo tributario en la Región de La Araucanía es de 44 mil 396; en Los Ríos, 20 mil 421 y en Los Lagos, 42 mil 636; no obstante, este beneficio se extiende a todo el territorio nacional.
Angelina Canales M. Auditor Tributarista MBA Universidad Austral de Chile