Claudia Muñoz David
En todo Chile 14 millones de personas podrán votar en las elecciones presidenciales del 19 de noviembre. En la región de Los Ríos serán 336 mil 959, quienes representan al 2,3 por ciento del electorado nacional.
El padrón electoral regional ha crecido en un 4 por ciento en los últimos cuatro años. En 2013, cuando se realizó la última elección presidencial, votaban 324 mil 35 personas, mientras que ahora lo hacen 12 mil 924 más.
El Servicio Electoral (Servel) ya publicó en su sitio web www.servel.cl los padrones electorales y la nómina con las personas que se encuentran inhabilitadas para sufragar, que en el país son 235 mil 414.
Es por esto que el director regional del Servicio Conrado Zülch, llamó a la ciudadanía a revisar sus datos electorales, ya que hasta el 31 de agosto estará abierto el plazo para que quienes consideren que han sido excluidos injustificadamente soliciten su inclusión.
Según el artículo 47 de la Ley 18.556, las personas que estimen que injustificadamente fueron omitidas de los padrones electorales auditados, podrán reclamar por escrito o verbalmente dentro de los diez días siguientes a la publicación. En este caso, el plazo finaliza el jueves próximo. Este reclamo debe realizarse ante el Tribunal Electoral de su domicilio electoral. En el caso de Los Ríos, este tribunal se encuentra ubicado en Maipú 130, oficina 402, edificio Consorcio, Valdivia.
En el caso de que la persona se encuentre en el extranjero, los reclamos se pueden presentar a través del sitio web www.tribunalelectoral.cl o acercarse a un consulado chileno en el país respectivo.
En el mismo plazo de diez días los partidos políticos, candidatos independientes y cualquier otra persona podrá presentar reclamaciones ante el mismo tribunal respecto de electores injustificadamente omitidos o que figuren con datos erróneos.
Zülch explicó que una de las principales razones para que una persona esté inhabilitada tiene que ver con condenas por delitos. "Las personas que ya cumplieron con sus penas podrían votar, pero para eso tienen que presentar al Servicio Electoral los antecedentes que indiquen que la pena está cumplida. La otra causal son las interdicciones, es decir, por demencia", dijo.
los plazos
El Tribunal Electoral resolverá con los antecedentes que el interesado le entregue si la exclusión fue injustificada. Esta respuesta se basará en un informe que el Servel le entregue. El Tribunal deberá fallar, con o sin informe, dentro de un plazo de diez días desde la fecha de presentación del reclamo.
Será el tribunal el que ordene la incorporación del reclamante o de los electores afectados al padrón electoral que corresponda. Las sentencias de los Tribunales Electorales Regionales serán apelables -ya sea por el requeriente como por el Servicio Electoral- dentro de un plazo de tres días, contando desde la fecha de su incorporación en el Estado Diario del tribunal. Esta apelación se hace ante el Tribunal Calificador de Elecciones, el cual deberá fallar dentro de un plazo de cinco días tras la apelación.
Luego de que sea ejecutoriada la sentencia, el tribunal la remitirá al Servicio Electoral. El servicio deberá cumplirla sin más trámite, siempre que a la fecha de recepción faltaren -a lo menos- tres días para el vencimiento del plazo para determinar el padrón definitivo.
listas con candidatos
Las listas oficiales con los candidatos admitidos para participar en las elecciones de noviembre próximo serán dadas a conocer el 1 de septiembre, luego de ser revisados los antecedentes presentados por cada uno de los postulantes.