Gobierno y fiscalización en las casas: "La autoridad de Salud no tiene restricciones"
FIESTAS PATRIAS. Ministro Pérez explicó que fiscalizadores pueden entrar a un domicilio si hay flagrancia o si saben que hay personas contagiadas en él. El INDH recordó que la Constitución garantiza la inviolabilidad del hogar.
El Gobierno explicó cómo serán las fiscalizaciones que podrían aplicarse este fin de semana en domicilios, habida cuenta del permiso especial para recibir hasta cinco personas en comunas que no estén en cuarentena.
Esto luego de una controversia que se generó luego de que la seremi de Salud de la Región Metropolitana, Paula Labra, dijo que los funcionarios de estas reparticiones tienen la facultad de ingresar a los domicilios a controlar que se cumplan las normas sanitarias.
"El instructivo que ha determinado el Ministerio de Salud a través de sus distintas seremis se basa en la Ley Sanitaria y esta entrega atribuciones en tiempos de pandemia para fiscalizar el cumplimiento de las medidas que otorga la autoridad", afirmó ayer el ministro del Interior, Víctor Pérez. Agregó que "si en el uso de esas medidas de fiscalización, las autoridades de Salud piden la colaboración, el auxilio de la fuerza pública, tanto la PDI como Carabineros la van a entregar, pero esto es una atribución que otorga el Código Sanitario en momentos de pandemia a la autoridad sanitaria".
"Es importante que todos conozcan de una manera adecuada las normas de carácter sanitario. En temas de pandemia, la autoridad de Salud no tiene restricciones, porque lo que está cuidando es la salud y la propagación de un virus y, por lo tanto, el cumplir esa norma sanitaria", recalcó Pérez, quien aclaró que "indudablemente no cualquier autoridad puede llegar y entrar a la vivienda de una determinada persona, pero la autoridad sanitaria lo hace con el sustento que le da la ley, porque lo que se busca es cumplir normas absolutamente necesarias para el conjunto de la sociedad".
Precisó cuándo la autoridad podría entrar a un hogar: "Podemos distinguir dos acciones. Una en que exista una flagrancia: la autoridad sanitaria descubre que hay una determinada fiesta clandestina. Otra es si la autoridad sanitaria tiene información de que, en una determinada propiedad, hay personas contagiadas, y sin duda tiene las atribuciones para fiscalizar esa situación".
El Instituto Nacional de Derechos Humanos indicó al respecto que si bien "el Código Sanitario permite atribuciones excepcionales a la autoridad", la Constitución "asegura el derecho a la inviolabilidad del hogar". En este sentido, indicó, "las autoridades sanitarias y de orden del Estado sólo podrán ingresar al hogar de una persona si esta accede voluntariamente a ello, existe una orden judicial o hay signos evidentes de que se está cometiendo un delito". El INDH dijo que consultaría al Minsal por la legalidad de la medida anunciada.
"indeseables"
La ministra de Transportes, Gloria Hutt, recordó que desde las 18 horas de mañana y hasta el domingo a las 23 horas habrá cordones sanitarios en las regiones Metropolitana y de Valparaíso, el Gran Concepción y Temuco y Padre Las Casas. Para cruzarlos, "se requiere salvoconducto similar al que se necesita cuando hay toque de queda".
"Están todas las disposiciones de control sanitario establecidas y, lamentablemente, hay personas que no las respetan o tratan de burlarlas. Romper reglas sanitarias tiene implicancias graves para la propia persona, un sumario sanitario, pero también riesgos para el resto. Es un comportamiento bien indeseable", sostuvo.
Además, los días 18, 19 y 20 de septiembre, el toque de queda tendrá un horario especial, entre las 21.00 y las 05.00 horas.
"No cualquier autoridad puede entrar a la vivienda, pero la autoridad sanitaria lo hace con el sustento que le da la ley".
Ministro Víctor Pérez