"Hay asuntos que deberían ser resueltos por las autoridades de la propia Convención..."
Doctor en Derecho aborda límites del órgano, su reglamento, posibles conflictos y la tensión previa por exigencias y manifestaciones.
En septiembre del año pasado Jaime Arancibia Mattar publicó su libro "Constitución Política de la República de Chile", un acabado recorrido a todo el historial constitucional chileno desde la primera Carta Magna, en 1812, hasta las reformas que en democracia se hicieron a la de 1980, originada en plena dictadura.
Arancibia, académico de la Facultad de Derecho de la Universidad de Los Andes e integrante del cuerpo de investigadores de POLIS, el Observatorio Constitucional de la misma casa de estudios (www.uandes.cl/polis/), está mirando con interés ciudadano y profesional el proceso constituyente cuya sesión inaugural es este domingo.
-Hay algunos actores que todavía se preguntan cuál es el mandato exacto que tiene la Convención. ¿Cree que hay personas que estén confundidas respecto de ese mandato?
-El mandato ha sido dado por el pueblo de Chile con una mayoría clara y contundente en octubre de 2020 y en abril pasado: elaborar una nueva Constitución en los términos previstos en el Capítulo XV de la Constitución vigente, que dedica varias normas al proceso. Por eso creo que no deberían existir mayores dudas con respecto al encargo confiado.
-¿Cómo observa el debate que se ha generado con los pueblos indígenas a partir de sus peticiones (ritos ancestrales o intérpretes de lenguas) y que incluyen la renuncia del secretario ejecutivo, Francisco Encina?
-En Chile existe desde 1823 el derecho constitucional de hacer peticiones a la autoridad. No veo inconvenientes en hacer esas peticiones, sólo que se trata de asuntos que deberían ser resueltos por las autoridades de la propia Convención y no por el Gobierno, cuya injerencia en el proceso debería ser mínima, para asegurar el principio republicano de separación de poderes. En esto la Convención no debería funcionar de un modo distinto a como lo hace el Congreso con el Poder Ejecutivo.
-¿Cómo se debiera configurar el reglamento, cuál es el marco en el que se puede construir, cuáles son los límites que debería tener?
-El reglamento debe asegurar el fin de la Convención, que no es otro que la elaboración de un texto constitucional por los representantes del pueblo elegidos libremente, que sea fruto de una deliberación independiente, pacífica y sujeta a plazos determinados. Por tanto, el reglamento debería asegurar no sólo un debate democrático asistido por conocimientos técnicos y participación ciudadana, sino también una organización eficiente del trabajo para que sea eficaz.
-Si un convencional intenta forzar los límites de las atribuciones de una persona o de la Convención, ¿qué mecanismos existen para evitarlo?
-Si se trata de uno o pocos convencionales, el mecanismo fundamental será el voto mayoritario de los miembros de la Convención. Si la extralimitación es más numerosa, podría ser reclamada ante la Corte Suprema en los términos del artículo 136 de la Constitución.
-¿Es posible que se intente transformar el poder constituyente en el poder soberano, como se ha advertido? ¿Podría llegar a darse un conflicto entre poderes del Estado, Convención-Parlamento, por ejemplo?
-Todo poder constituido de acuerdo con las normas democráticas es soberano. El poder soberano dado a la Convención por el pueblo de Chile a través del plebiscito constitucional y de las elecciones de abril tiene un contenido claramente definido. Si la Convención pretendiera desconocer ese mandato estaría yendo en contra de la voluntad del pueblo. No creo que eso suceda si consideramos la sensatez de la mayoría de los convencionales y porque deslegitimaría el proceso y validez de la nueva Constitución. Aunque, si eso ocurriera, ciertamente podría haber un conflicto entre poderes del Estado y podría ponerse en riesgo la aprobación del texto en el plebiscito de salida.
-Se ha abordado en las reuniones de constituyentes autoconvocadas la participación de la ciudadanía. ¿Es factible? ¿Ayudaría a la transparencia o es distinto observar que participar?
-En la Roma antigua surgió un proverbio que dice quod omnis tangit debet ab omnibus approbari ("lo que concierne a todos debe ser aprobado por todos"). Si bien nuestra democracia representativa cumple con esta idea mediante la elección de convencionales por sufragio universal, la participación ciudadana en estos procesos siempre es buena, porque permite enriquecer aún más los puntos de vista de quienes están encargados de elaborar la Carta Magna.
Esto se puede realizar a través de distintos mecanismos, considerando también la necesidad de compatibilizar participación con fluidez del proceso. Por ejemplo, se pueden elaborar cuestionarios temáticos disponibles online que puedan ser respondidos por personas, asociaciones o instituciones interesadas. También convendría tener presente las conclusiones de los cabildos ciudadanos organizados durante el gobierno de la Presidenta Michelle Bachelet, cuyas conclusiones se vieron plasmadas en su proyecto de nueva Constitución. Debemos considerar que la ciudadanía también se hará presente en el plebiscito de salida del proceso constitucional.
-¿Cómo observa la tensión previa, que ha ido en ascenso, en cuanto a los llamados de algunos constituyentes a la movilización popular, a rodear el espacio físico de la Convención y a marchar hacia él este domingo?
-Pienso que en una democracia todos tenemos derecho a manifestarnos públicamente en forma pacífica para hacer ver nuestros puntos de vista. No veo inconvenientes en que se puedan producir estas actividades en la medida que se respeten las normas que aseguran una convivencia tranquila, lo que no siempre ocurre, como todos sabemos. Las libertades de expresión y de reunión no conllevan la de agresión física, verbal o psicológica para nadie. Nadie quiere que la legitimidad de la nueva Constitución se vea empañada por esto. El esfuerzo que estamos haciendo como país para que esto resulte es demasiado grande como para echarlo a perder por extremistas de lado y lado. Chile quiere y anhela paz.
-¿Qué ocurrirá con el proceso legislativo durante la Convención? ¿Es probable que el Gobierno (actual y siguiente) se abstenga de enviar grandes proyectos de ley, dado que se está discutiendo una nueva Constitución?
-El Parlamento debería sesionar de forma normal, pues hay una serie de asuntos importantes que resolver que no dependen de materias constitucionales. Además, por regla general, las nuevas normativas como la nueva Constitución sólo regirían a futuro. Considerando las altas necesidades de la población en materia de salud, educación y empleo a raíz de la pandemia, Chile no puede darse el lujo de paralizar la provisión de leyes a la espera de lo que decida la Convención. Lo que haya que cambiar producto del nuevo orden constitucional se deberá hacer en su debido momento.
-¿Qué otros desafíos deberían abordarse de aquí a la instalación y en los primeros días de la Convención?
-El desafío más importante de los primeros días es el nombramiento de las autoridades de la Convención y la aprobación de las normas orgánicas y procedimentales de funcionamiento. Esto supone organizar las comisiones temáticas, los lugares y horarios de funcionamiento de las comisiones y del pleno, las modalidades de reunión presenciales y online, los modos de aprobar los artículos del texto, las formas de comunicación interna y externa, el archivo y registro documental del trabajo realizado, la elaboración de los ítems presupuestarios, los aspectos logísticos de traslado, alojamiento, seguridad, alimentación y otros servicios básicos.
Además, deberán definir el número, funciones y mecanismo de selección de los integrantes de la Secretaría Técnica. La Constitución exige literalmente que sus integrantes sean "personas de comprobada idoneidad académica o profesional". Pienso que el mejor modo de seleccionarlos sería un concurso público de antecedentes conforme a reglas objetivas y transparentes. Dado que este proceso surge, entre otras cosas, por el clamor ciudadano de falta de mérito o de concursabilidad en la distribución de algunos bienes y encargos públicos, la Convención debería partir por dar el ejemplo en saber escoger muy bien a sus asesores institucionales. Siguiendo el ejemplo del resto de las instituciones del Estado, pienso que los integrantes de la Convención deberían hacer también una declaración jurada y pública de sus intereses particulares. De esta forma se favorece su desempeño independiente.
"La participación ciudadana en estos procesos siempre es buena, porque permite enriquecer aún más los puntos de vista de quienes están encargados de elaborar la Carta Magna".