Las pensiones de alimentos y VIF
El incumplimiento de obligaciones con hijos e hijas podría ser considerado como un hecho de Violencia Intrafamiliar. La iniciativa apunta en la dirección correcta: el 85% de los demandados en Chile no paga y hay más de 70 mil menores de edad vulnerados en ese derecho...
Hace pocos días fue aprobada una norma legal que sanciona el incumplimiento de pago de pensiones de alimentos como una forma de Violencia Intrafamiliar, al mismo nivel de la agresión física y sicológica. Se trata de una modificación a la Ley 14.908 y establece incluso sanciones penales cuando esas conductas sean reiteradas y vulneren la autonomía de la mujer, su patrimonio o subsistencia de la familia.
La iniciativa apunta en la dirección correcta, pues este tipo de violencia económica es demasiado frecuente en Chile. Luego del reciente proceso de retiro del 10% de los fondos previsionales, en el cual se estableció retención de dinero a los deudores, los medios de comunicación recogieron numerosos testimonios de mujeres amenazadas por los padres de sus hijos e hijas para que no hicieran efectivo ese derecho. También se expusieron otros casos de verdaderas extorsiones sufridas por años: hombres que restan dinero de pensiones si ellos pasan las vacaciones con los niños y niñas; algunos que demoran pagos cuando la ex pareja se involucra en una nueva relación amorosa, o declaran escasos bienes e ingresos, de manera fraudulenta. En cifras, y de acuerdo a antecedentes del Ministerio de Desarrollo Social y Familia, la cantidad actual de deudores llegan a casi el 85% del total de demandados.
Atendiendo esa realidad, la nueva norma crea también un Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos, idea que se tramita desde 2019 en el Congreso y que, si se abriera hoy en Los Ríos, se llenaría con más de 150 casos mensuales recibidos por los Tribunales de Familia locales.
La norma revisada en el Senado deberá pasar ahora a la Comisión de Hacienda. Es de esperar que sea aprobada y que ella se convierta en un efectivo medio para castigar los incumplimientos, pero sin traducirse en nuevos procesos legales que deban asumir como responsabilidad las madres, o los mismos hijos e hijas que -cuando llegan a la mayoría de edad y son estudiantes- deben convertirse ellos en demandantes de sus padres.
Lamentablemente, hasta ahora son las víctimas quienes han llevado el peso del problema. Una nueva norma legal debe apuntar a disminuir esa carga dolorosa y no a aumentarla.