Quienes incumplan la norma de días feriados arriesgan multa que va de $263 mil a $1 millón
IRRENUNCIABLES. Autoridades visitaron locales valdiviano recalcando necesidad de respetar derecho de trabajadores.
Un recorrido por distintos puntos del comercio local fue la forma escogida por el seremi del Trabajo y Previsión Social, Edison Pacheco, junto a la directora regional del Trabajo, Loreto Yud, y el director regional del ISL, Juan Pablo Alvarado, para entregar información acerca de los feriados irrenunciables de Fiestas Patrias y la campaña "18 seguro", en el comercio de Valdivia.
Al respecto, las autoridades recalcaron que hoy y mañana (18 y 19 de septiembre) son feriados obligatorios e irrenunciables, lo que significa que el comercio debe estar cerrado hasta las 06:00 horas del próximo lunes 20 de septiembre.
En ese contexto, el seremi Pacheco indicó que "en estas Fiestas Patrias hacemos un llamado a los empleadores a respetar el feriado irrenunciable definido para el sábado 18 y domingo 19 de septiembre. Nuestra intención es apoyar a los emprendedores y emprendedoras que han debido pasar tiempos difíciles, pero tenemos el deber de recordar la normativa vigente sobre la materia".
Por su parte, Loreto Yud dijo que "La dirección del Trabajo va a realizar un programa nacional de fiscalización del feriado irrenunciable y, por lo tanto, hacemos un llamado a los trabajadores que por ley deban tener descanso y los hagan acudir a sus lugares de trabajo, para que realicen su denuncia a través de nuestro canal telefónico que es el 600 450 4000 o en la página web www.direcciondeltrabajo.cl. Nosotros estaremos con turno durante el fin de semana para acudir a la fiscalización que corresponda. Las denuncias se pueden hacer entre las 9 y las 14horas".
Labores exceptuadas
La misma profesional indicó que se exceptúan de este feriado obligatorio e irrenunciable los trabajadores del comercio que se desempeñan en restaurantes; establecimientos de entretenimiento, como cines, espectáculos en vivo, discotecas, pub, cabaret; locales comerciales en los aeródromos civiles públicos y aeropuertos; casinos de juegos y otros lugares de juegos legalmente autorizados; expendio de combustibles, farmacias de urgencia y farmacias que deban cumplir turnos fijados por la autoridad sanitaria. También están exceptuados los dependientes de las llamadas "tiendas de conveniencia" adosadas a los servicentros si venden alimentos preparados allí mismo. En estos casos y comocompensación, desde 2016 los trabajadores que estén exceptuados del feriado sí pueden descansar a lo menos una vez cada dos años si continúan contratados por el mismo empleador, pudiendo pactar con él la rotación del personal necesaria para esa finalidad.
Finalmente y en cuanto a las sanciones, Yud explicó que "el empleador que no cumpla la norma se expone a multas que van desde las 5 ($263.155) hasta las 20 ($1.052.620) UTM por cada trabajador afectado".
"Nuestra intención es apoyar a los emprendedores, sin embargo, tenemos el deber de recordar la nor-mativa vigente sobre esta materia..."
Edison Pacheco, Seremi del Trabajo Los Ríos.
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