Convención zanjó fin del Senado en 2026 y quorum 4/7 para reformas constitucionales
NORMAS TRANSITORIAS. Se establecieron plazos y quorums para la implementación de la nueva Constitución en caso de que sea aprobada en el plebiscito del 4 de septiembre. Se definió también qué ocurrirá con el TC y con los derechos de agua.
El pleno de la Convención Constitucional votó ayer el segundo informe de la Comisión de Normas Transitorias en el que se aprobaron medidas que han sido polémicas, como el quorum para las reformas a la Carta Fundamental que pretenda realizar el actual Congreso y el fin del Senado en ejercicio en marzo de 2026, sin importar cuándo hayan sido elegidos sus miembros.
La primera de estas disposiciones, aprobada por 106 votos a favor, es decir tres más que el mínimo requerido, establece que "hasta el 11 de marzo de 2026, para la aprobación de los proyectos de reforma constitucional se requerirá el voto favorable de cuatro séptimos de las y los integrantes de la Cámara de Diputadas y Diputados y del Senado".
El texto visado además plantea que "los proyectos de reforma constitucional aprobados por el Congreso Nacional que alteren sustancialmente los capítulos de Naturaleza y Medioambiente y de Disposiciones Transitorias deberán ser sometidos a un referéndum ratificatorio de reforma constitucional. Si el proyecto de reforma es aprobado por dos tercios de las y los integrantes de ambas Cámaras, no será sometido a dicho referéndum".
La otra norma aprobada pese a que ha generado controversia es la que pone fin al periodo de todos los actuales senadores en marzo de 2026, a pesar de que cerca de la mitad de ellos asumió su cargo hace tres meses y fue elegida por ocho años.
Esta disposición, que generó el rechazo transversal de casi todos los actuales integrantes del Senado, es consecuencia del fin de esta corporación para dar paso a la Cámara de las Regiones, cuya composición se determinará en la elección parlamentaria de 2025, cuando los integrantes tanto de esta nueva instancia como el Congreso de Diputadas y Diputados serán renovados por completo y los actuales senadores podrán ser candidatos para cualquiera de ellas y se les contará como su primer periodo.
Tras lo aprobado ayer quedaron abiertas dos opciones para que el Senado no deje de existir. La primera es que gane el Rechazo a la nueva Constitución en el Plebiscito del 4 de septiembre y la segunda es que el actual Congreso lo modifique con un quorum de dos tercios o uno de cuatro séptimos más plebiscito ratificatorio.
Tribunal constitucional
También fue aprobada la norma que establece que el proceso de cese de funciones del Tribunal Constitucional (TC) para dar paso a la Corte Constitucional.
El texto visado por 110 votos a favor dice que "el Tribunal Constitucional no podrá conocer nuevas causas. Todos los requerimientos de inaplicabilidad ya radicados en el Tribunal Constitucional deberán ser conocidos, tramitados y fallados dentro de los seis meses siguientes a la entrada en vigencia de esta Constitución. Al término del plazo señalado o terminada la tramitación de dichas causas, el TC cesará en sus funciones y se disolverá de pleno derecho".
Derechos de aguas
Respecto de los derechos de aguas, fue aprobado el artículo que establece que "con la entrada en vigencia de esta Constitución todos los derechos de aprovechamiento de aguas otorgados con anterioridad se considerarán para todos los efectos legales autorizaciones de uso de agua".
A esto se añadió que "la Dirección General de Aguas o la Agencia Nacional de Aguas, según corresponda, de manera gradual, progresiva y con sentido de urgencia, realizará el proceso de redistribución de los caudales de las cuencas con el apoyo respectivo de los gobiernos regionales para garantizar los usos prioritarios reconocidos en la Constitución".