Promesas de Presidente
Luego de los indultos determinados desde La Moneda, el Presidente Gabriel Boric afirmó que esa decisión era un compromiso "y yo cumplo mis compromisos".
Si aplicó ese criterio, entonces se abre esperanza de que se acuerde de docentes vulnerados en sus derechos y dignidad hace ya más de cuatro décadas con la llamada Deuda Histórica. A ellos el tiempo se les acaba.
El magisterio jubilado y adscrito a la Ley Nº 3.500 se siente esperanzados de pronto cumplimiento a su promesa de campaña.
Boris Segovia Bruzzone Profesor segoviabruzzone@gmail.com
Promesas II
A propósito de promesas electorales y sus cumplimientos, la ministra Vallejo dijo que "A nadie debería sorprenderle los indultos que ha decidido otorgar el Presidente Boric, porque él tenía un compromiso y una palabra empeñada al respecto, que asumió en plena campaña electoral".
¿Y qué ha pasado con las 52 promesas electorales restantes del Presidente Boric, en donde destacaba una, por ir directamente en auxilio de los "estrujados" bolsillos de los chilenos, eso de que la movilización colectiva iba a ser completamente gratis en Chile? ¿No les parece que sería muy ilustrativo, el que se haga un chequeo del grado de cumplimiento, al día de hoy de las 53 promesas electorales, considerando que estamos a casi 70 días de cumplirse el primer año de gobierno del presidente Boric?
Luis Enrique Soler Milla lsolermilla@yahoo.es
Comisión experta
Conforme a lo pactado en el denominado "Acuerdo por Chile" (12.12.22), actualmente en tramitación en el Congreso Nacional (no olvidemos que se trata de una reforma constitucional, que debe ser ratificada por los 4/7 de los miembros en ejercicio de cada Cámara) el Anteproyecto de Propuesta de Nueva Constitución deberá ser redactado por una "Comisión Experta", integrada paritariamente por 24 personas (doce elegidos por cada rama del Congreso).
Para ser electo, el proyecto en discusión, contempla las siguientes exigencias: título universitario o grado académico y experiencia profesional, técnica y/o académica no inferior a diez años.
Me parece evidente que estos requisitos en modo alguno garantizan la categoría de "experto" y por varias razones.
Primero. De lo que se trata es de elaborar un Anteproyecto de Propuesta de Nueva Constitución. Los conocimientos que se requieren son esencialmente jurídicos y no en cualquier ámbito. Estoy pensando, por lo tanto, en abogados con experiencia en el Derecho Público, particularmente en el Derecho Constitucional, Político y Administrativo. No es tarea para los ginecólogos.
Segundo. ¿Puede alguien con algo más de 30 años de edad ser considerado "experto" en algo? Un titulado a los 23 años con experiencia profesional de 10 años cumple con los requisitos. ¿Resulta sensato?
Tercero. ¿Puede el sexo o género determinar la calificación de un "experto"? La respuesta es evidente: No.
Si los requisitos analizados no se tornan más exigentes durante la tramitación de la reforma constitucional, sólo cabría esperar que los diputados y senadores al elegir a los integrantes de esta Comisión Experta actúen con sensatez y prudencia. En la elección de los miembros de esta Comisión se jugará buena parte del éxito del proceso.
¡Feliz Año Nuevo!
Jorge Eduardo Vives Dibarrart Abogado jevivesd@gmail.com
Obsolescencia programada
Conocer la vida útil de los bienes que adquirimos es importante para fomentar el consumo responsable y sostenible, pues permite a los consumidores con dicha información preferir aquellos productos que ofrezcan una mayor vida y cuidar así no solo nuestro bolsillo, sino que también de nuestro entorno y medioambiente. Pero además, resulta fundamental para identificar aquellos productos de obsolescencia programada, es decir, aquellos casos en que el producto está diseñado deliberadamente para tener un tiempo de vida específico.
En este sentido, la Ley Pro Consumidor en su artículo 1º Nº 3 establece para todas las empresas que comercialicen bienes durables la obligación de informar su vida útil en condiciones normales de uso y el plazo durante el cual dispondrán de repuestos y servicio técnico. Por lo tanto, cualquier bien que tenga la característica de durable como los productos de telefonía y de tecnología en general, deben incluir esta información. Esta normativa puede tener gran impacto si la autoridad competente fiscaliza su cumplimiento, esto en dos sentidos, para el consumidor, pues le permitirá tomar una decisión de compra de mayor valor, adquiriendo bienes que tengan una vida útil razonable y así evitar sorpresas. Y para los proveedores, pues el incumplimiento puede dar lugar a fuertes sanciones económicas que puede llegar en caso de publicidad falsa o engañosa a multas de hasta 1.500 UTM.
Sebastián Bozzo Hauri Director de Autonomía Financiera Universidad Autónoma de Chile